Muchas personas creen que si su peticionario fallece, su caso migratorio termina. Este es el caso de nuestra clienta, quien había consultado con tres abogados de inmigración distintos antes de llegar a nosotros. Todos le dijeron lo mismo: “no hay nada que se pueda hacer.” Pero su situación no era tan sencilla como parecía.
Antecedentes
Nuestra clienta entró sin inspección a Estados Unidos en 1995, cuando aún era menor de edad. En 1998, su abuela adoptiva, residente permanente, presentó una petición I-130 a su favor, la cual fue aprobada en 2005. En 2012, la abuela se convirtió en ciudadana estadounidense y ese mismo año la clienta contrajo matrimonio, cambiando así su categoría migratoria a hija casada de ciudadano estadounidense (F3). Lamentablemente, la abuela falleció en 2017 antes de que su nieta pudiera ajustar estatus.
¿Qué pasa si el peticionario fallece?
En 2023, la clienta seguía sin poder ajustar su estatus y pensaba que ya no había camino. Sin embargo, al analizar cuidadosamente su historial, identificamos que su hermana, residente permanente, vivía en Estados Unidos. Solicitamos a USCIS la reinstalación de la petición I-130 bajo el fundamento de razones humanitarias y solicitamos la sustitución del peticionario fallecido por un familiar elegible.
USCIS aprobó la reinstalación de la I-130 y como la fecha de prioridad ya estaba vigente, pudimos presentar su Formulario I-485 (ajuste de estatus). Hoy, celebramos junto a nuestra clienta su residencia permanente legal aprobada.
Lecciones importantes
Este caso demuestra que:
-
Una petición I-130 antigua puede revivir bajo ciertas condiciones.
-
La muerte del peticionario no siempre significa el fin del caso.
-
Con el análisis legal adecuado, es posible encontrar soluciones donde otros solo ven obstáculos.
En MiVoz Law, nos especializamos en identificar estrategias donde otros solo ven obstáculos.
Si tienes una petición I-130 antigua o un familiar peticionario que ha fallecido, es posible que todavía tengas opciones. Llámanos para una evaluación.